28/12/11

Desaparecera el fuero a Funcionarios Publicos en México.


  • Senado avala eliminar fuero a funcionarios.

  • Cuando el juez de la causa dicte sentencia condenatoria de primera instancia, solicitará a los Diputados el retiro de la inmunidad
  • Según el dictamen, los encargados de definir la responsabilidad penal de algún funcionario serán los jueces
CIUDAD DE MÉXICO (01/DIC/2011).- El pleno del Senado aprobó por unanimidad eliminar el fuero a los servidores públicos, incluido el Presidente de la República, con lo que permitirá que los funcionarios puedan ser sujetos a procesos penales sin perder su inmunidad en el tiempo que dure el proceso como "cualquier persona".

El dictamen de las comisiones de Puntos Constitucionales y Estudios Legislativos establece reformas constitucionales a los artículos 61, 111 y 112 y fue enviado a la Cámara de Diputados para su debate y análisis.

Con estas reformas, el Ejecutivo federal, diputados, senadores, ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), de la Sala Superior del Tribunal Electoral, los consejeros de la Judicatura Federal, secretarios de despacho, asambleístas, el jefe de Gobierno del Distrito Federal, gobernadores estatales, el procurador General de la República, presidente y consejeros electorales del Instituto Federal Electoral (IFE), entre otros, podrán ser sujetos a procesos penales.

Según el dictamen, los encargados de definir la responsabilidad penal de algún funcionario serán los jueces quienes "determinarán si da lugar a la expedición del auto de vinculación a proceso penal (petición de eliminación del fuero)".

De acuerdo con el senador Pablo Gómez, impulsor de la iniciativa, el servidor público podrá seguir en su cargo, por lo que las medidas cautelares que el juez determine no podrán consistir en privación, restricción o limitación de la libertad.

Sin embargo, cuando el juez de la causa dicte sentencia condenatoria de primera instancia, él mismo solicitará a la Cámara de Diputados el retiro de la inmunidad para que el sentenciado cese en sus funciones y quede a disposición de la autoridad correspondiente.

La colegisladora no producirá dictamen previo alguno y resolverá con el voto de la mayoría absoluta de sus miembros presentes sobre el pedimento judicial dentro de los diez días hábiles, a partir de la presentación de retiro de inmunidad y con audiencia del servidor público.

Con relación al Presidente de la República, se aplicará el mismo procedimiento, pero los diputados fungirán como cámara de origen para resolver el pedido judicial y el Senado será el órgano revisor, se subraya en el documento.

A sugerencia del senador Guillermo Tamborrel, también se modificará el artículo 61 constitucional para "precisar" que los legisladores (senadores y diputados) no podrán ser reconvenidos por sus opiniones en ningún foro.

Con esto, tampoco podrán ser sujetos a proceso por sus opiniones, así las digan en los recintos parlamentarios o en algún otro foro.

Pablo Gómez dijo que ningún legislador en la práctica puede tener doble personalidad para dar una opinión en el pleno y cambiarla cuando participe en otro evento.


Fuente: El Universal.

Discutirán en el congreso desaparecer el fuero constitucional a servidores públicos

 DICIEMBRE 10, 2011 
En febrero se podría tener un resolutivo sobre la iniciativa de desaparecer el fuero constitucional a los servidores públicos, señaló el senador José Luis Lobato Campos.
Dijo que la Cámara de Diputados discutirá la modificación para que el presidente de la república, senadores, diputados federales y gobernadores puedan ser sujetos a proceso penal cuando violenten la ley.
“Debe pasar a la Cámara de Diputados y si lo ratifica se turnará a las legislaturas estatales para poder quitar el fuero a todos los funcionarios durante el tiempo de su cargo. Es además de viable necesario. Ojalá no tengamos ningún problema. El que haga algo malo que lo pague”, señaló Lobato Campos.
De aprobarse el Ministerio Público tendrá facultad para investigar a un servidor público, y sólo en caso de que se compruebe su culpabilidad en un delito, el juez de la causa podrá solicitar el retiro de la inmunidad.